En este sentido el Director Regional del SAG de Biobío, Roberto Ferrada, indicó que “esta nueva modalidad permitirá descongestionar el sistema y reducir significativamente los tiempos de tramitación, manteniendo al SAG como responsable final del proceso de certificación SPR”.
Los terceros autorizados son personas o empresas externas al SAG que efectúan labores previas de verificación de solicitudes de SPR, quienes entregarán un informe al Servicio Agrícola y Ganadero cuando ésta haya sido verificada que cumple con la normativa vigente. Posteriormente, el Servicio evaluará el informe, la pauta de verificación y otros antecedentes para emitir su pronunciamiento: certificación o rechazo.
La verificación de las solicitudes de SPR por parte de un tercero acreditado involucra la recepción de solicitudes de certificación de SPR, su digitalización, almacenamiento y custodia de las carpetas físicas, comunicación de observaciones al interesado/a, reportabilidad de la información, emisión del informe técnico, entre otros aspectos.
Más información en https://www.sag.gob.cl/tramites/solicitud-de-certificacion-de-subdivision-de-predios-rusticos mientras que el listado de terceros acreditados está disponible en https://www.sag.gob.cl/ambitos-de-accion/autorizacion-de-terceros-en-la-verificacion-de-solicitudes-de-subdivision-de-predios-rusticos/registros