News

EE.UU. impone arancel de 12,5% a Chile y otros 59 países por no combatir el trabajo forzoso

  • La Oficina del Representante Comercial de EE.UU. (USTR) argumentó un “fracaso de prohibir importaciones con mano de obra forzosa”. Desde el Ejecutivo chileno rechazaron tajantemente la medida, aclarando que no existen cuestionamientos a productos nacionales y destacando la fortaleza institucional del país.

 

El Gobierno de Estados Unidos confirmó la aplicación de una nueva ola de aranceles que afectará a sus 60 principales socios comerciales, medida justificada por Washington bajo el argumento del “fracaso de prohibir las importaciones producidas con mano de obra forzosa”. En el caso de Chile, la sobretasa aplicada alcanzará un 12,5%, sumándose a un universo de economías que representan el 99,4% de las importaciones del país norteamericano.

Según detalló la Oficina del Representante Comercial de EE.UU. (USTR, por sus siglas en inglés), el plan contempla impuestos del 10% o 12,5%, con la exención de ciertos productos clave para el abastecimiento estadounidense, como el cobre.

“Estados Unidos mantiene una prohibición de importación de productos elaborados con trabajo forzoso desde hace casi un siglo y la aplica rigurosamente; ya es hora de que nuestros socios comerciales hagan lo mismo”, afirmó el representante comercial de EE.UU., Jamieson Greer, mediante un comunicado oficial.

Chile rechaza la medida y defiende su institucionalidad

La respuesta del Gobierno chileno fue inmediata. Desde la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales (Subrei) señalaron que «la aplicación de esta medida a nuestro país no se condice con estos estándares, ni con los antecedentes técnicos, políticos y jurídicos presentados durante todo el proceso de investigación».

La subsecretaria de la cartera, Paula Estévez, enfatizó que Chile cuenta con una «sólida institucionalidad laboral, un marco regulatorio robusto y un firme compromiso con la prevención y erradicación del trabajo forzoso, respaldado por el cumplimiento de los convenios internacionales suscritos».

Asimismo, la autoridad aclaró que, al tratarse de una medida de alcance masivo sobre 60 economías, «esta responde a una política comercial de aplicación transversal y en ningún caso constituye una medida dirigida específicamente contra Chile».

Estévez recalcó además un punto central de la resolución: “La resolución no sostiene que Chile exporte bienes producidos con trabajo forzoso, ni tampoco identifica productos chilenos específicos bajo esta condición. La decisión responde a diferencias en la evaluación de los mecanismos regulatorios reconocidos como efectivos por la autoridad estadounidense”.

Escala de aranceles y exenciones clave

De conformidad con las instrucciones específicas del Presidente Trump, la USTR ha realizado las siguientes determinaciones:

  • El 10% es la tasa apropiada de los aranceles de la Sección 301 para las economías investigadas que (i) imponen una prohibición de importación de trabajo forzoso; (ii) se han comprometido a imponer y hacer cumplir dicha prohibición a través de un Acuerdo sobre Comercio Recíproco; o (iii) han impuesto un régimen parcial con el efecto de impedir la importación de ciertos bienes de trabajo forzoso. Estas economías son: Argentina , Bangladesh , Camboya , Canadá , Ecuador , ElSalvador , Guatemala , Honduras , India , Indonesia , Jordania , Malasia , México , Pakistán , Sri Lanka , Trinidad y Tobago y el Reino Unido ;
  • El 10% o el 12,5%, neto de la tasa de Nación Más Favorecida (NMF), es la tasa apropiada de los derechos de la Sección 301 para ciertos productos de la Unión Europea , Taiwán , Japón , Corea y Suiza que no están exentos de otro modo, como se explica con mayor detalle en el Aviso del Registro Federal ; y
  • El 12,5 por ciento es el tipo impositivo apropiado del artículo 301 para todas las demás economías investigadas .

 

Excepciones

La USTR determinó dejar exentos de sobretasa a productos específicos:

* Materias primas cuya sobretasa provocaría desabastecimiento en el mercado estadounidense (como el cobre chileno).

* Bienes que puedan causar disrupciones en la economía general de EE.UU.

* Productos que no puedan ser cultivados o producidos en cantidad suficiente o a precios razonables dentro de EE.UU. u otras fuentes alternativas.

* Bienes específicos de socios como la UE, Reino Unido, Canadá o Argentina para incentivar el cumplimiento de compromisos sobre trabajo forzoso.

 

Nueva etapa en la política comercial de la Administración Trump

Este anuncio marca el inicio de una nueva fase en la política comercial de Washington, coincidiendo con el vencimiento del arancel temporal del 10% dictado por el presidente Donald Trump tras el revés sufrido en la Corte Suprema.

Frente a la amenaza de estos gravámenes, autoridades de la Cancillería chilena e integrantes de gremios del sector privado viajaron recientemente a Washington D.C. para participar en las audiencias de la USTR y presentar sus descargos. En dichas instancias se destacó el Tratado de Libre Comercio (TLC) vigente entre Chile y EE.UU. desde 2004, la estrecha alianza económica entre ambas naciones y la altísima complementariedad de mercado en sectores como el salmón, donde la producción propia norteamericana es prácticamente inexistente y no compite con la oferta chilena.

 

Revise aquí la medida de la USTR

Compartir

Noticias Relacionadas

24 Jul 2026

Destacadas

Frutas de Chile se pronuncia ante resolución arancelaria de Estados Unidos sobre las exportaciones chilenas

24 Jul 2026

Destacadas

EE.UU. impone arancel de 12,5% a Chile y otros 59 países por no combatir el trabajo forzoso

24 Jul 2026

Destacadas

Chile refuerza posicionamiento de sus limones en Japón con taller y nueva publicación

Medios Relacionados

Suscríbete a